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TC: La constatación de que se ha producido vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva no implica necesariamente la retroacción de actuaciones 30 de marzo de 2016 Jurisprudencia Tutela judicial efectiva El TC ha señalado que la reparación del derecho a la tutela judicial efectiva vulnerado no exige “indeclinablemente, sin excepción, la nulidad del procedimiento judicial y la repetición del mismo”, pues, en determinados supuestos, como el resuelto en el caso, el pronunciamiento realizado por el tribunal de instancia “constituye en sí mismo la reparación del derecho fundamental invocado, sin que su carácter declarativo le prive de su efecto reparador”.